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Si resides en España con tarjeta de residencia de familiar comunitario, y ya han transcurrido los 5 años, deberás renovar tu residencia de familiar comunitario.
Si no tienes tu primera tarjeta de residencia, en este artículo te explico cómo conseguirla.
Es importante tener en cuenta que la residencia tendrá una duración de 10 años y se denomina residencia permanente de familiar comunitario.
¿Quiénes pueden renovar su residencia de familiar comunitario?
Se entiende por familiares:
Al cónyuge,:
siempre que no haya recaído el acuerdo o la declaración de nulidad del vínculo matrimonial, o divorcio.
En este punto es importante tener en cuenta que si durante estos 5 años te has divorciado deberías haber notificado a extranjería. En este artículo te explico como se tramita.
A la pareja:
con la que mantenga una unión análoga a la conyugal inscrita en un registro público establecido a estos efectos en un Estado miembro de la Unión Europea o en un Estado parte del Espacio Económico Europeo, y siempre que no se haya cancelado dicha inscripción, lo que deberá ser suficientemente acreditado. Las situaciones de matrimonio e inscripción como pareja registrada se considerarán, en todo caso, incompatibles entre sí.
A sus descendientes directos:
, y a los de su cónyuge o pareja registrada siempre que no haya recaído el acuerdo o la declaración de nulidad del vínculo matrimonial, divorcio o se haya cancelado la inscripción registral de la pareja, menores de veintiún años, mayores de dicha edad que vivan a su cargo o incapaces. Se entenderá que están a cargo aquellos familiares cuyo sostén económico lo proporciona el ciudadano de la Unión y necesitan ayuda material para cubrir sus necesidades básicas.
A sus ascendientes directos,
y a los de su cónyuge o pareja registrada que vivan a su cargo, siempre que no haya recaído el acuerdo o la declaración de nulidad del vínculo matrimonial, o divorcio, o se haya cancelado la inscripción registral de pareja. Se entenderá que están a cargo aquellos familiares cuyo sostén económico lo proporciona el ciudadano de la UE y necesitan ayuda material para cubrir sus necesidades básicas.
A los miembros de su familia que en el país de procedencia hubieran estado a su cargo o vivieran con el ciudadano de la Unión
A los miembros de su familia que por motivos graves de salud o de discapacidad sea estrictamente necesario que el ciudadano de la Unión se hubiera hecho cargo de su cuidado personal
A la pareja de hecho:
no inscrita con la que mantenga una relación estable debidamente probada al acreditar la existencia de un vínculo duradero.
¿Qué requisitos debo cumplir para solicitar la tarjeta de residencia permanente de familiar comunitario?
Será necesario haber residido cinco años de forma continuada.
Además deberá permanecer el vínculo, lo comentado antes, si te has divorciado o disuelto la pareja de hecho deberás tener en cuenta el tiempo y los requisitos.
Y muy importante que el ciudadano español o de la Unión Europea, trabaje cuenta propia, ajena, haya sido estudiante o cuente con los medios económicos para que el extranjero no sea una carga para el Estado Español.
¿Cómo puedo tramitar la residencia permanente de familiar comunitario?
Puedes acudir a extranjería con cita previa, con la documentación. O presentarlo de forma telemática.
Nosotros podemos tramitarlo de forma telemática en tu nombre, comprobamos que la documentación sea la correcta, respondemos requerimientos y hasta la resolución te acompañamos.
El coste del trámite es de 200€ IVA incluído.