Renovar residencia comunitaria

Si resides en España con tarjeta de residencia de familiar comunitario, y ya han transcurrido los 5 años,  tu tarjeta de residencia comunitaria está por caducar, es esencial conocer el proceso de renovación. Es importante tener en cuenta que la nueva residencia tendrá una duración de 10 años y se denomina residencia permanente de familiar comunitario.

¿Cuándo se puede renovar?

Puedes presentar la solicitud:

  • 30 días antes del vencimiento, o

  • Hasta 90 días después del vencimiento (aunque puede conllevar sanción administrativa por presentar fuera de plazo).

¿Quiénes pueden renovar su residencia de familiar comunitario?

Se entiende por familiares:

Al cónyuge,:

siempre que no haya recaído el acuerdo o la declaración de nulidad del vínculo matrimonial, o divorcio.

En este punto es importante tener en cuenta que si durante estos 5 años te has divorciado deberías haber notificado a extranjería. En este artículo te explico cómo se tramita.

A la pareja:

con la que mantenga una unión análoga a la conyugal inscrita en un registro público establecido a estos efectos en un Estado miembro de la Unión Europea o en un Estado parte del Espacio Económico Europeo, y siempre que no se haya cancelado dicha inscripción, lo que deberá ser suficientemente acreditado. Las situaciones de matrimonio e inscripción como pareja registrada se considerarán, en todo caso, incompatibles entre sí.

A sus descendientes directos:

, y a los de su cónyuge o pareja registrada siempre que no haya recaído el acuerdo o la declaración de nulidad del vínculo matrimonial, divorcio o se haya cancelado la inscripción registral de la pareja, menores de veintiún años, mayores de dicha edad que vivan a su cargo o incapaces. Se entenderá que están a cargo aquellos familiares cuyo sostén económico lo proporciona el ciudadano de la Unión y necesitan ayuda material para cubrir sus necesidades básicas.

A sus ascendientes directos,

y a los de su cónyuge o pareja registrada que vivan a su cargo, siempre que no haya recaído el acuerdo o la declaración de nulidad del vínculo matrimonial, o divorcio, o se haya cancelado la inscripción registral de pareja. Se entenderá que están a cargo aquellos familiares cuyo sostén económico lo proporciona el ciudadano de la UE y necesitan ayuda material para cubrir sus necesidades básicas.

A los miembros de su familia que en el país de procedencia hubieran estado a su cargo o vivieran con el ciudadano de la Unión

A los miembros de su familia que por motivos graves de salud o de discapacidad sea estrictamente necesario que el ciudadano de la Unión se hubiera hecho cargo de su cuidado personal

Requisitos para renovar en Alicante

  • Haber residido legalmente en España con la tarjeta comunitaria durante al menos 5 años continuos.

  • No haber salido del país más de 6 meses por año, o 10 meses en total (en 5 años).

  • Medios económicos suficientes y seguro médico (si aplica).

  • No tener antecedentes penales en España.

  • Además deberá permanecer el vínculo, lo comentado antes, si te has divorciado o disuelto la pareja de hecho deberás tener en cuenta el tiempo y los requisitos. 

Documentos necesarios

  • Modelo oficial EX-19 debidamente cumplimentado. EX19. Formulario tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la UE

  • Pasaporte vigente (original y copia).

  • Tarjeta de residencia caducada o por caducar.

  • Justificante de empadronamiento actual en Alicante.

  • Certificado de matrimonio o parentesco (si aplica, actualizado).

  • Informe de vida laboral y contrato de trabajo (si procede).

  • Justificante de medios económicos y seguro médico (si no trabajas por cuenta ajena).

  • Tasa 790 código 052, pagada.

¿Dónde se presenta la renovación?

En la Oficina de Extranjería de Alicante, con cita previa a través de la plataforma https://sede.administracionespublicas.gob.es. También puedes presentarlo por vía electrónica si tienes certificado digital.

Nosotros podemos tramitarlo de forma telemática en tu nombre, comprobamos que la documentación sea la correcta, respondemos requerimientos y hasta la resolución te acompañamos.

¿Cuánto tarda?

El plazo de resolución puede ser de hasta 3 meses, aunque en la práctica suele resolverse en menos tiempo. Tras la concesión, deberás tramitar tu nueva tarjeta TIE en la Policía Nacional.

Consejos clave

  • Pide tu cita con antelación, ya que la demanda en Alicante es alta.

  • Conserva copias de todos los documentos.

  • Usa certificado digital si puedes, para agilizar trámites.

  • Mantén al día tu empadronamiento y contratos laborales.

  • Pide cita en nuestro despacho, podemos ayudarte

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Sobre mí

Rebeca Hidalgo Abogada

Soy argentina, llevo 21 años residiendo en España. Graduada en Derecho en la Uned, Master de acceso a la abogacía en la Uned, Diploma de especialización en derecho migratorio, extranjería y Asilo de la Universidad de Zaragoza. Desde el año 2015, trabajando como abogada experta en extranjería

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