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¿Qué es la Residencia de larga duración?

La residencia de larga duración establecida en el artículo 32 de la Ley de extranjería.

Es aquella autorización que se le otorga a un extranjero para que resida y trabaje en España de forma indefinida, en condiciones iguales al resto de los españoles.

De tal forma que todos aquellos extranjeros que hayan residido de forma continuada durante 5 años, pueden obtenerla. 

Es conveniente aclarar que el artículo 32 de la Ley como el 148 del Reglamento de extranjería. Establecen los distintos supuestos en los que se da la continuidad que exige extranjería.

 

¿Qué requisitos se exigen para la tarjeta larga duración?

 

No ser ciudadano de la Unión, carecer de antecedentes penales y policiales, no tener prohibida la entrada en España, no estar en situación irregular. El requisito relevante, es el tiempo transcurrido, es decir que se haya residido 5 años de forma continuada en España.

 

Salí de vacaciones durante mi residencia ¿Me corresponde la residencia de larga duración?

En caso de que hayas salido de España durante vacaciones o por otro motivo, la residencia seguirá considerándose continuada. 

Pero es importante tener en cuenta que la salida no podrá ser superior a seis meses continuados o 10 meses en el período de cinco años.

En el caso de que las salidas sean  por motivos laborales el período será de 12 meses dentro de los cinco años.

 

¿Quiénes pueden solicitar la residencia larga duración?

Como hemos comentado antes, aquellos que cumplan con el tiempo de residencia. Pero también se contará con aquellos:

3. La autorización de residencia de larga duración también se concederá a los extranjeros que acrediten que se encuentran en cualquiera de los siguientes supuestos:

a) Residentes que sean beneficiarios de una pensión de jubilación, en su modalidad contributiva, incluida dentro de la acción protectora del sistema español de la Seguridad Social.

b) Residentes que sean beneficiarios de una pensión de incapacidad permanente absoluta o de gran invalidez, en su modalidad contributiva, incluida dentro de la acción protectora del sistema español de la Seguridad Social o de prestaciones análogas a las anteriores obtenidas en España y consistentes en una renta vitalicia, no capitalizable, suficiente para su sostenimiento.

c) Residentes que hayan nacido en España y, al llegar a la mayoría de edad, hayan residido en España de forma legal y continuada durante, al menos, los tres años consecutivos inmediatamente anteriores a la solicitud.

d) Extranjeros que hayan sido españoles de origen y hayan perdido la nacionalidad española.

e) Residentes que al llegar a la mayoría de edad hayan estado bajo la tutela de una entidad pública española durante los cinco años inmediatamente anteriores de forma consecutiva.

f) Apátridas, refugiados o beneficiarios de protección subsidiaria que se encuentren en territorio español y a quienes se les haya reconocido el respectivo estatuto en España.

g) Extranjeros que hayan contribuido de forma notoria al progreso económico, científico o cultural de España, o a la proyección de España en el exterior. En estos supuestos, corresponderá al titular del Ministerio de Trabajo e Inmigración la concesión de la autorización de residencia de larga duración, previo informe del titular del Ministerio del Interior.

 

Procedimiento para solicitar la residencia de larga duración en España

Cualquier extranjero que cumpla los requisitos comentados, puede solicitar la residencia de larga duración. 

Puede tramitarlo online, con cita previa, o acudir a nuestra oficina que se lo tramitaremos por 150€ IVA incluído. Y se ahorra colas, esperas y tiempo para pedir cita.

 

¿Qué documentos debo presentar para solicitar la residencia de larga duración?

 

Se deberá tener en cuenta el supuesto particular.

Pero si reside en España deberá presentar el pasaporte completo, solicitud en modelo Descarga aquí el modelo ex 11, y la tasa administrativa correspondiente.

 

¿Qué plazo tiene la administración para resolver?

El plazo máximo que tiene la administración para resolver es de 3 meses. Una vez que se le concede la autorización, el extranjero tendrá un mes desde que se le notifique para pedir la tarjeta de identidad de Extranjero.

 

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