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¿Se puede modificar una residencia no lucrativa a un trabajo cuenta ajena?
Si estás leyendo este artículo, seguramente te has informado de la residencia no lucrativa o incluso ya estás disfrutando de la residencia en España pero sin el derecho a trabajar.
Ahora bien, te surge una duda muy común en este caso. Y es la posibilidad de modificar este tipo de residencia. La respuesta es sí, es posible modificar, ahora bien, es necesario que tengas en cuenta los requisitos antes de embarcarte en este tipo de residencia.
¿Qué es la residencia no lucrativa?
En este artículo te explico la residencia no lucrativa al detalle. A modo de resumen la residencia no lucrativa es un permiso de residencia que autoriza a su titular a residir en España con la única salvedad de que no puede trabajar.
Ahora bien, como he comentado antes, es posible modificar esta residencia, si el extranjero ha residido como mínimo un año en España y excepcionalmente antes del año si acredita la necesidad de trabajar por circunstancias sobrevenidas y para garantizas su subsistencia.
Requisitos para modificar la residencia no lucrativa a trabajo cuenta ajena
- El primer requisito es la una haber residido como mínimo un año, será necesario renovar la residencia y una vez renovada tramitar la modificación
- Segundo requisito carecer de antecedentes penales
- Contar con un contrato de trabajo a jornada completa con la obligación de cobrar el mínimo interprofesional
- El empleador deberá contar con los recursos económicos suficientes para abonar tu salario y esto quiere decir, que descontado el coste laboral le deben restar el 100% del IPREM anual (es necesario que tengas en cuenta si su familia depende de él o ella).
¿Qué documentación debo aportar para solicitar la modificación de residencia no lucrativa a trabajo cuenta ajena?
Es necesario aportar:
- Pasaporte completo
- Antecedentes penales (apostillados/legalizados y traducidos)
- Contrato de trabajo firmado por ambas partes
- En el caso de que sea necesario acreditar la formación y/o colegiación
- Justificar los medios económicos de la empresa y que están al corriente de seguridad social y hacienda.
¿Cómo se tramita la modificación?
Será necesario solicitarlo a través de la oficina de extranjería donde reside el extranjero. Podrá hacerlo con cita previa o contratar nuestros servicios y en un click le tramitamos su modificación de residencia.