Es habitual que, al ser contactada por comisaría debido a un extranjero con una carta de expulsión, lo primero que desea saber la persona afectada es si puede ser expulsada del país y en qué circunstancias.
La respuesta es depende, y en este artículo te explico porqué.
En el caso de que la infracción cometida sea la estancia irregular en España la legislación ha previsto dos sanciones diferentes en cuanto a contenido y efectos, la sanción económica o multa y la expulsión de territorio nacional.
¿Qué se entiende por estar en situación «irregular» en España?
Estar en situación irregular significa residir en España sin contar con un permiso de residencia o estancia en vigor. Esto puede deberse a haber ingresado sin visado, no haber renovado la autorización dentro del plazo legal o haber recibido una resolución denegatoria.
¿Qué sanciones establece la Ley de Extranjería por estancia irregular?
Según la Ley de Extranjería, permanecer en España más de 90 días sin una autorización de estancia o residencia válida constituye una infracción grave. En estos casos, la normativa contempla dos posibles sanciones: una multa que oscila entre 501 y 10.000 euros o, alternativamente, una orden de expulsión del territorio español.
Aunque la ley menciona que se podrá aplicar la expulsión «en atención al principio de proporcionalidad» en lugar de la multa, no se detallan los criterios específicos para determinar cuándo corresponde una u otra medida. Además, no es legal imponer ambas sanciones de forma acumulativa.
Esta falta de claridad ha generado inseguridad jurídica, ya que los tribunales han adoptado criterios dispares a lo largo del tiempo, lo que dificulta prever el resultado en cada caso concreto.
¿Multa o expulsión? El criterio actual del Tribunal Supremo
Como mencionamos anteriormente, pese a la existencia de distintos enfoques judiciales a lo largo del tiempo, hoy resulta clave tener en cuenta la doctrina más reciente del Tribunal Supremo.
La Sentencia del Tribunal Supremo de 18 de septiembre de 2023 (STS 1140/2023, recurso 1537/2021, y STS 1141/2023, recurso 2251/2021) modifica el criterio anterior, rectificando expresamente lo sostenido por la sentencia de 17 de marzo de 2021. En esta nueva jurisprudencia, se establece que la sanción de multa debe ser prioritaria frente a la expulsión en casos de estancia irregular.
Hasta esa fecha, el criterio predominante era justamente el contrario.
No obstante, el Alto Tribunal también aclara que la expulsión, entendida como decisión de retorno y su ejecución, debe valorarse de forma individualizada. Para ello, será necesario analizar las circunstancias personales del extranjero y la existencia de factores agravantes que justifiquen la proporcionalidad de aplicar dicha medida en lugar de la multa.
¿Cuáles son los agravantes o elementos negativos que pueden justificar la expulsión?
Como te decía, es necesario tener en cuenta todos los elementos y circunstancias del extranjero, pero existen determinadas situaciones que cobran vital importancia a la hora de valorar negativamente la sanción de expulsión.
Es importante tener en cuenta, que es un criterio del Tribunal Supremo, y no todos los Juzgados lo aplican.
Estos elementos negativos son:
- Estar indocumentado.
- Ignorar cuándo y por dónde entró al territorio español
- Haber sido detenido por su participación en un delito, hecho por el que se siguieron diligencias penales ante un Juzgado de Instrucción.
- Carecer de domicilio y arraigo familiar
- Constar una previa prohibición de entrada
- Invocar una falsa nacionalidad
- Dictarse con carácter previo a la expulsión una orden de salida obligatoria del territorio nacional que tendría que haberse hecho efectiva sin haber intentado legalizar su situación en España
- Incluso, se añade la preexistencia de una o varias sanciones firmes de multa por permanencia ilegal sin autorización, unido a una ausencia de prueba cabal de integración efectiva socioeconómica y cultural, puede alzarse en hecho negativo en línea con el reconocimiento de la agravante de reincidencia plasmada en la LO 4/2000 art.57.5.
¿Me pueden expulsar de Alicante teniendo hijos?
Como he comentado antes, es importante tener en cuenta la situación personal y familiar del extranjero. En cualquier caso el derecho de la Unión Europea es muy restrictivo en ese aspecto exigiendo a los Estados miembros que tengan en cuenta el interés superior del niño antes de adoptar una decisión de retorno acompañada de una prohibición de entrada, aun cuando el destinatario de esta decisión no sea el menor sino su padre o madre.
Sobre mí
Rebeca Hidalgo Abogada
Soy argentina, llevo 21 años residiendo en España. Graduada en Derecho en la Uned, Master de acceso a la abogacía en la Uned, Diploma de especialización en derecho migratorio, extranjería y Asilo de la Universidad de Zaragoza. Desde el año 2015, trabajando como abogada experta en extranjería
