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Autorización de residencia para prácticas

Abogado inmigración España.

Es una tipo de residencia que permite al extranjero participar en un programa de prácticas, con el fin de mejorar los conocimientos, la práctica y la experiencia profesional.

Previsto en la siguientes normas:

  • Directiva (UE) 2016/801 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de mayo de 2016, relativa a los requisitos de entrada y residencia de los nacionales de países terceros con fines de investigación, estudios, prácticas, voluntariado, programas de intercambio de alumnos o proyectos educativos y colocación au pair.
  • Disposición adicional decimoséptima de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización introducida por el Real Decreto-ley 11/2018, de 31 de agosto.
  • Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su integración social y Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, aprobado por Real Decreto 557/2011, de 20 de abril
  • Instrucción DGM 4/2018,sobre la transposición al ordenamiento jurídico español de la Directiva 2016/801/UE: Prácticas.

 

¿Quiénes pueden solicitar la residencia para prácticas en España?

 

Pueden solicitar este tipo de residencia los estudiantes extranjeros que hayan obtenido un título de educación superior en los dos años anteriores a la fecha de solicitud o que estén realizando estudios que conduzcan a la obtención de un título de educación superior.

La obtención del título o la realización de los estudios puede ser en España o en el extranjero. Si la realización de los estudios es en España deberá ser titular de una autorización de estancia por estudios. No será posible, dentro de este ámbito subjetivo de aplicación, la obtención de otras autorizaciones con fines de prácticas previstas en el ordenamiento jurídico

Esta disposición adicional se aplica a nacionales de terceros países, no afectando, por lo tanto, a los ciudadanos de la Unión y miembros de sus familias que disfrutan de los derechos de libre circulación del régimen de ciudadanos de la Unión,
incluidos aquellos que los disfrutan por acuerdos de la Unión Europea con terceros
Estados: Noruega, Islandia, Suiza y Liechtenstein. 

Ni tampoco afecta a aquellos extranjeros de terceros países que sean solicitantes o beneficiarios de protección internacional. 

PREGUNTAS FRECUENTES DE LA RESIDENCIA DE PRÁCTICAS

 

¿Qué tipo de estudios debe haber finalizado el extranjero para solicitar la residencia para prácticas?

Según establece  el artículo 3.5 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de Educación,
la educación superior englobala enseñanza universitaria, las
enseñanzas artísticas superiores, la formación profesional de grado superior, las
enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño de grado superior y las
enseñanzas deportivas de grado superior”.

 

¿Qué entidad puede suscribir dichos contratos de prácticas?

A los efectos de la disposición adicional decimoctava de la Ley 14/2013, la entidad de acogida es la entidad que acoge a la persona en prácticas, cualquiera que sea su forma jurídica, y con la que se suscribe el convenio de prácticas o el contrato de
trabajo en prácticas.

 

¿Qué requisitos se exigen?

A) Evidentemente se exige que el extranjero haya sido admitido para la realización de prácticas en base a la firma de un convenio de prácticas con una entidad de acogida, que contemple una formación teórica y práctica.

El convenio de prácticas deberá contener:

  • Descripción del programa de prácticas.
  • La duración de las prácticas.
  • Las condiciones y su supervisión.
  • Las horas de prácticas.

B) Que el extranjero haya obtenido un título de educación superior en los 2 años anteriores a la fecha de solicitud o que esté realizando estudios que conducen a la obtención de un título de educación superior.

C) Que las prácticas se efectúen en el mismo campo académico y el mismo nivel de cualificación que el título  de educación superior o el programa de estudios referido.

D) Que el extranjero disponga durante su residencia de seguro de enfermedad y de recursos suficientes.

E) Que carezca de antecedentes penales, que no figure como rechazable  y que se encuentre regularmente en  territorio español. 

 

Procedimiento para solicitar la autorización en prácticas

 

La autorización de residencia para prácticas ha de ser solicitada por la entidad de acogida mediante medios electrónicos y tendrá validez en todo el territorio nacional. La duración debe ser de meses o igual a la duración del convenio de prácticas si ese es inferior. Esta autorización puede ser renovada por una sola vez, no pudiendo exceder de un año el período total de la autorización inicial y su prorroga. 

La solicitud va dirigida a la subdelegación de gobierno, y la administración cuenta con 30 días para resolver. En caso de que no lo haga, se entiende estimado por silencio administrativo.

 

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